Del 22 al 27 de noviembre “Minga Social y Comunitaria por la defensa de la vida, el derecho a la protesta social y la Jurisdicción Especial Indígena-JEI.”

En el año de 1991 se promulgó un nueva Constitución en el país, ésta promulga que Colombia se constituya en un Estado Social de Derecho y se construya una nación multiétnica y pluricultural. Sin embargo, luego de más de 23 años de este nuevo pacto social hay artículos sin mayor desarrollo legislativo ni garantías y, ahora que se vislumbran nuevos acuerdos que cambian el ordenamiento político y jurídico colombiano, a propósito de los diálogos para la terminación del conflicto armado, es necesario realizar reflexiones y discusiones en torno a la garantía de estos derechos constitucionales.


El art. 246 de la Constitución Política declara la Jurisdicción Especial Indígena como un derecho de los pueblos indígenas a impartir justicia según sus usos y costumbres y en su ámbito territorial. Sin embargo, existen algunas contradicciones entre la jurisdicción indígena y la jurisdicción ordinaria que han puesto en jaque este derecho.
Por lo anterior solicitamos realizar un debate con la institución que Ud. Representa para discutir acerca de los siguientes temas:

  • – Respeto y garantía a las decisiones de los Tribunales Indígenas y a los procedimientos propios de cada pueblo indígena (detención, investigación, juzgamiento, aplicación de remedio).
  • – Condiciones y garantías para el Ejercicio de la Jurisdicción Especial Indígena. (Asignación presupuestal).
  • – Exigir la revocatoria inmediata del fallo de segunda instancia proferido por el Tribunal del Circuito de la Ciudad de Popayán, en el caso del compañero Feliciano Valencia.
  • – Garantía del derecho a la vida, del derecho a la movilización social y del derecho a la protesta. (Desmonte del ESMAD, No criminalización y No judicialización de manifestantes).
  • – Derecho a la verdad, a la justicia, a la reparación y a garantías de no repetición por los casos en los cuales miembros del Estado y de sus Fuerzas Militares y de Policía (ESMAD) han abusado de su autoridad y han violado los Derechos Humanos ocasionando muertes y graves lesiones a personas civiles en medio de manifestaciones o fuera de éstas.
  • – Activación de la comisión mixta de alto nivel para el seguimiento, documentación, investigación y sanción de casos de vulneración de derechos humanos que afectan a pueblos indígenas y sectores sociales.

Este diálogo lo quisimos entablar el pasado 12 de octubre en La María-Piendamó. Debido a la no participación de algunos funcionarios competentes para abordar las mencionadas temáticas no pudimos realizarlo. Ahora hemos decidido movilizarnos a Bogotá, como lo hicimos en el 2008, para poder discutir con el gobierno central estas cuestiones, esperamos nuestra iniciativa no sea desatendida una vez más.

PROGRAMACION DE LA MINGA

22 de Noviembre del 2015 llegada a Gualanday socialización del objetivo de la Minga.
23 Noviembre – salida en caravana hacia la ciudad Bogotá.
24 Reunión con sectores indígenas y organizaciones sociales en Bogotá.
25 Movilización por la NO violencia contra la Mujer, por la defensa de la vida, la
protesta social y la jurisdicción especial Indígena.
26 de noviembre Debate sobre la defensa de la vida, la protesta social y la jurisdicción
especial Indígena, con el gobierno y representantes de la rama judicial.
27 de Noviembre del 2015 – Regreso en caravana al territorio de la Cxhab Wala Kiwe.

Cordialmente,

Consejo Regional Indígena del Cauca-CRIC
Asociación de Cabildos Indígenas del Norte del Cauca- ACIN
Organización Nacional Indígena de Colombia-ONIC

Christian Mantilla. Abogado defensor de derechos humanos, con experiencia en proyectos colaborativos orientados a la promoción y defensa de los derechos de la población rural y la incidencia en políticas públicas para la ruralidad. Interesado en la investigación socio-jurídica en políticas públicas, derechos humanos y la acción colectiva de las comunidades rurales indígenas, negras y campesinas.

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