El proyecto de ley 003 de 2018 “Nueva Ley de Tierras”: Un nuevo golpe contra el campesinado, los pueblos indígenas y afrocolombianos

Representantes de organizaciones sociales, campesinas, indígenas y afrocolombianas provenientes de diferentes regiones del país, nos reunimos en Bogotá los días 1 y 2 de agosto de 2018 para analizar los contenidos del proyecto de ley No. 003 de 2018, que pretende modificar la Ley 160 de 1994 conocida como la Ley de Reforma Agraria. Y partiendo de las reflexiones de nuestras jornadas de trabajo, afirmamos el rechazo contundente al articulado y exigimos que sea retirado del trámite legislativo, principalmente por las siguientes razones:

– El proyecto de Ley 003 de 2018 defiende un modelo centrado en la promoción de las grandes inversiones agroindustriales, mineras, de hidrocarburos y de mercantilización de la biodiversidad, y no en una distribución equitativa de las tierras rurales. Este modelo, abiertamente contrario a la economía campesina, indígena y afrocolombiana, ha sido rechazado a través de múltiples movilizaciones, paros agrarios, acciones judiciales y con mecanismos de participación democrática como las consultas populares.

– El proyecto de Ley 003 de 2018 contiene diferentes medidas que agravarán la ya extrema concentración de la propiedad rural de este país, que es el más desigual en cuanto al acceso a la tierra en toda América Latina y el tercero en el mundo, negando cada vez más el acceso a tierras a las comunidades rurales. En esa dirección apuntan figuras como la “regularización por confianza legítima”, que entrega baldíos de la nación a sujetos distintos a los de reforma agraria, sin ninguna restricción ni de explotación económica, ni de extensión.

– El proyecto de Ley 003 de 2018 impone figuras de ordenamiento territorial que se destinarían a grandes inversiones de actores ajenos al campo colombiano, como las Zonas Estratégicas de Interés Agropecuario, que tendrían carácter preferente respecto de cualquier otra actividad económica debido a la declaratoria de utilidad pública de la que gozarían.

– El proyecto de Ley 003 de 2018, además, clasifica como «inadjudicables» los baldíos ubicados en zonas donde se adelanten procesos de explotación a gran escala de recursos naturales. Esto queda en evidencia desde el artículo 1, en donde se incluyen como actividades del desarrollo rural los proyectos minero-energéticos, de infraestructura y agroindustriales. Esto significa que disminuyen considerablemente las tierras adjudicables disponibles para campesinos, indígenas y afrodescendientes, mientras se expande el área controlada por grandes corporaciones que en muchos casos adelantarán actividades de altísimo impacto ambiental, profundizando con ello los ya conocidos conflictos territoriales entre las distintas comunidades rurales.

– El proyecto de Ley 003 de 2018 establece disposiciones que ponen en riesgo el abastecimiento alimentario nacional, el trabajo de las comunidades rurales, el mantenimiento de prácticas ancestrales y el disfrute de un ambiente sano, a través de la creación de reservas para extracción de minerales e hidrocarburos e incentivando la explotación indiscriminada de tierras rurales sin considerar su función social y ecológica.

– El proyecto de Ley 003 de 2018 se radicó en el Congreso sin que hubiera culminado el proceso de Consulta Previa de las comunidades indígenas y afrocolombianas. Esto constituye una clarísima violación a sus derechos al consentimiento previo, libre e informado, a la misma consulta previa y al convenio 169 de la OIT suscrito por el Estado colombiano. Valga recordar que anteriores iniciativas similares (como el Estatuto de Desarrollo Rural promovido por el hoy detenido y procesado por la justicia Andrés Felipe Arias, o la ley forestal) fueron declarados inconstitucionales por este motivo.

– El proyecto de Ley 003 de 2018 no contiene ninguna medida para solucionar el problema de comunidades campesinas que habitan en zonas clasificadas bajo distintas figuras de protección ambiental, a quienes hoy se quiere expulsar, desconociendo su ocupación tradicional y su capacidad y deseo de permanecer allí protegiendo el ambiente. Además, precisamente los obstáculos para la garantía del acceso a la tierra, profundiza la expulsión del campesinado bien hacia ecosistemas considerados estratégicos y de especial protección, con una nula posibilidad de formalizar la tenencia, o bien hacia áreas periurbanas en las que las condiciones de vida no permiten que se preserve su identidad campesina y todo lo que ella implica.

– El proyecto de Ley 003 de 2018 no establece ninguna medida tendiente a resolver las inequidades de género en materia de acceso a tierras, a crédito, a incentivos y en general las situaciones desventajosas en las que están las mujeres rurales, lo cual impide a la mayoría de estas el control de sus predios, de sus proyectos de vida y les niega autonomía económica.

– El proyecto de Ley 003 de 2018 obstaculiza procedimientos que buscaban redistribuir la propiedad rural y dotar de tierra a las comunidades campesinas, como la extinción de dominio administrativa, necesaria para consolidar el Fondo de Tierras acordado en el proceso de paz con las FARC-EP. El proyecto también pretende entregar derechos de uso sobre tierras de dicho Fondo en esquemas asociativos entre campesinos y empresarios, subordinando a los primeros, lo cual profundiza el modelo agroindustrial y niega la posibilidad al campesinado de acceder a tierras y explotarlas conforme a sus prácticas tradicionales.

– El proyecto de Ley 003 de 2018 es un nuevo golpe a los acuerdos de paz y a la búsqueda de solución política del conflicto que va en contravía de tratados internacionales de derechos humanos que tienen como principio rector la progresividad y no regresividad de los derechos humanos, incluyendo los derechos al agua, a la tierra y al territorio, y a la soberanía alimentaria.

Por todas estas razones, las organizaciones firmantes rechazamos este proyecto y cualquier otro que profundice la concentración de la tierra, modifique de manera regresiva la Ley 160 de 1994 de Reforma Agraria, vulnere los Acuerdos de Paz, o desconozca las propuestas y aspiraciones de las comunidades rurales que han posicionado ante el país en las movilizaciones sociales de los años recientes.

Así mismo, exigimos se garantice el derecho a la Consulta Previa de las comunidades étnicas y se abra un debate amplio y vinculante, que también garantice el derecho a la participación de las comunidades campesinas en todas las regiones del país sobre este tema tan importante. Que una Reforma Agraria Integral sea producto de dichos espacios y no una profundización del modelo económico que ha generado los más graves conflictos por las tierras rurales.

SUSCRIBEN:
Organizaciones:
Asociación de Mujeres por la Equidad de Género (ASMEQUIDAD) Asociación de Mujeres por la Paz y los Derechos Humanos (ASODEMUC) Asociación de mujeres rurales fronterizas constructoras de paz en Putumayo Asociación de Ovinocultores de Güican (Güicaove)
Asociación de Trabajo Interdisciplinario (ATI)
Asociación Departamental de Usuarias y Usuarios Campesinos de Cundinamarca – ANUC – Cundinamarca
Asociación Minga
Asociación Nacional de Usuarios Campesinos Unidad y Reconstrucción (ANUC – UR). Asociación Nacional de Zonas de Reserva Campesina (ANZORC)
Asociación por la Dignidad y los Derechos Agrarios (Digniagrarios) Autoridades Tradicionales Indígenas de Colombia – Gobierno Mayor Centro de Estudios para la Justicia Social Tierra Digna
Centro de Estudios Rurales, Ambientales y Apoyo Legal (CERAL) Centro de Investigación y Educación Popular, CINEP/Programa por la Paz
Coalición de Movimientos y Organizaciones Sociales de Colombia (Comosoc) Colectiva Agraria Abya Yala (CAAY)
Comisión Colombiana de Juristas (CCJ)
Comisión Intereclesial de Justicia y Paz
Comité de paro agrario de las provincias del sur de Santander
Comité Permanente por la defensa de los derechos humanos en Colombia (CPDH) Congreso de los Pueblos
Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (CODHES) Coordinación Étnica Nacional de Paz (CENPAZ)
Coordinación Social y Política Marcha Patriótica Coordinador Nacional Agrario (CNA) Corporación Claretiana Norman Pérez Bello Corporación Compromiso
Corporación Jurídica Yira Castro
Corporación para el desarrollo la paz y protección ambiental (CODEPAM) Corporación para la Protección y Desarrollo de Territorios Rurales (Prodeter) Cumbre Agraria, Campesina, Étnica y Popular (Cacep)
Estrategia Colaborativa por la Garantía de los Derechos a la Tierra y al Territorio -ENI/Colombia Federación Nacional Sindical Unitaria Agropecuaria (Fensuagro)
FIAN Colombia.
Fundación Comité de Solidaridad con los Presos Políticos (FCSPP) Fundación por el Medio Ambiente y la paz en Colombia (FUMPAZ)
Fundación Putumayense para el Desarrollo Comunitario Regional (FUNDESCOR) Grupo Semillas
Humanidad Vigente Corporación Jurídica
Instituto de Estudios para el Desarrollo y la Paz (INDEPAZ) Liga Internacional de la Lucha de los Pueblos (ILPS)
Mesa Ecuménica por la Paz (MEP)
Mesa Permanente de Concertación con los Pueblos y Organizaciones Indígenas (MPC)

Movimiento en defensa del Rio Sogamoso.
Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado (MOVICE) Movimiento por la defensa de los derechos del pueblo (MODEP) Movimiento Ríos Vivos
Observatorio de Territorios Étnicos y Campesinos de la Universidad Javeriana Observatorio de víctimas, convivencia y seguridad ciudadana
Organizaciones de Población Desplazada, Étnicas y Campesinas de los Montes de María (OPDS) Plataforma de Mujeres Caquetá
Proceso de Comunidades Negras (PCN) Proceso de Mujeres Maciseñas del CIMA
Sindicato de trabajadores y trabajadoras del Idiger (Sintraidger) Viva la Ciudadanía

Congresistas:
Aída Avella
Iván Cepeda Castro César Pachón Feliciano Valencia

Christian Mantilla. Abogado defensor de derechos humanos, con experiencia en proyectos colaborativos orientados a la promoción y defensa de los derechos de la población rural y la incidencia en políticas públicas para la ruralidad. Interesado en la investigación socio-jurídica en políticas públicas, derechos humanos y la acción colectiva de las comunidades rurales indígenas, negras y campesinas.

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